Un conductor que provocó la muerte de cinco personas y dejó a otra con lesiones permanentes, tras embestir con un camión varias motocicletas estacionadas en una parada de la autopista 6 de Noviembre, fue condenado a tres años de prisión por el Tribunal Especial de Tránsito de San Cristóbal.
El condenado, identificado como Saudy Javier Abad, deberá cumplir un año y diez meses de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres, mientras que el año y dos meses restantes serán suspendidos, bajo el cumplimiento de las condiciones establecidas por el juez de Ejecución de la Pena.
El accidente ocurrió el 1 de agosto de 2025, cuando, según el expediente acusatorio, Javier Abad conducía de manera temeraria e imprudente por la autopista 6 de Noviembre y terminó impactando cinco motocicletas que se encontraban en el paseo que divide la vía.
La sentencia fue dictada por la jueza Ana Hernández Méndez, de la Primera Sala del Juzgado de Paz Especial de Tránsito de San Cristóbal, tras acoger la solicitud del Ministerio Público de imponer la pena máxima contemplada por la legislación para este tipo de infracciones.
Deberá cumplir reglas para permanecer en libertad
Durante el período de suspensión de la pena, Javier Abad deberá residir en el domicilio declarado ante el tribunal y notificar cualquier cambio al juez de Ejecución de la Pena.
Asimismo, tendrá que participar en charlas de educación vial organizadas por la Escuela Nacional de Educación Vial (ENEVIAL), abstenerse del consumo excesivo de bebidas alcohólicas y cumplir las demás condiciones impuestas por las autoridades judiciales.
El incumplimiento de estas reglas podría provocar la revocación de la suspensión, lo que obligaría al conductor a cumplir la totalidad de los tres años de prisión en el CCR Najayo Hombres.
Además de la pena privativa de libertad, el tribunal le impuso una multa equivalente a 15 salarios mínimos del sector público y el pago de las costas penales del proceso.
Deberán indemnizar a las víctimas
La sentencia también establece que Javier Abad, junto con Saturnino Corporán, propietario del camión, y la empresa aseguradora deberán pagar las indemnizaciones correspondientes a las víctimas del accidente.
El tribunal declaró al conductor culpable de violar los artículos 220 y 303, numerales 4 y 5, de la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que sancionan la conducción temeraria e imprudente cuando provoca lesiones permanentes o la muerte involuntaria de una o varias personas.
La legislación establece penas de uno a tres años de prisión y multas de entre 10 y 50 salarios mínimos del sector público para los casos de muertes involuntarias ocasionadas en accidentes de tránsito bajo las circunstancias previstas en la norma.
La investigación estuvo a cargo de la fiscalizadora Diandra Olavarría, mientras que la representante del Ministerio Público ante el tribunal fue Carolina Olivares.
La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el 17 de noviembre de 2026, a las 2:00 de la tarde.

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