Esta decisión fue adoptada tras acoger la propuesta de la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, quien además preside el Consejo.
La unidad, estará a cargo del proceso judicial que permite al Estado recuperar bienes que fueron adquiridos o utilizados para actividades ilícitas.
Según el Consejo Superior del MP, el Lcdo. Pelagio Alcántara fue nombrado como titular de esta unidad, quien tendrá el deber de darle cumplimiento a la Ley de Extinción de Dominio para el decomiso de caudales ilícitos en el país.
Los miembros del Consejo son: Germania De La Cruz Duarte, procuradora adjunta; José Del Carmen Sepúlveda, procurador general de corte de apelación; Denny Frey Silvestre Zorrilla, procurador fiscal; y Merlín Mateo Sánchez, fiscalizador.
El Ministerio Público cuenta con la potestad exclusiva de iniciar y llevar a cabo estos procedimientos, ya sea de oficio o en respuesta a denuncias ciudadanas debidamente fundamentadas.
Acciones del MP
- Este podrá realizar la acción de extinción de dominio de oficio, por iniciativa propia, es decir, o como resultado de una denuncia y para dar ese paso, primero debe haber suficientes motivos y circunstancias fácticas que lo justifiquen.
- Será responsable de llevar a cabo las investigaciones necesarias para determinar el origen ilícito de los bienes y tiene la facultad de recolectar pruebas y realizar las diligencias necesarias para sustentar la acción de extinción de dominio.
- Tendrá que mantener en reserva las actuaciones de investigación y las diligencias probatorias hasta que se ejecuten medidas cautelares sobre los bienes objeto de la acción.
- Recibir a cualquier persona que pueda presentar denuncias ante el órgano, sobre hechos que pudiesen dar lugar a la acción de extinción de dominio.