La decisión fue adoptada por los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo (presidente), Rosa Pérez de García, Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez, quienes además declararon inadmisible de manera parcial la demanda en intervención voluntaria presentada por Orlando Vegazo Moreno, el pasado 8 de septiembre, al contener pedimentos ajenos a la demanda principal.
El tribunal rechazó el alegato de la FP sobre el no agotamiento de la vía interna, tras comprobar que los impugnantes acudieron a la Comisión de Justicia Electoral, instancia que no respondió sus reclamaciones. Ante este silencio, el TSE consideró agotada la vía, en aplicación del párrafo II del artículo 100 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.
El recurso había sido sometido por los ciudadanos Miguel Ángel García Rosario, Juan Antonio Arias Tejeda, Urbano de La Rosa Guzmán, Francisco José Arias Jiménez, Jesús Peña Guante, Omar Bienvenido Mena Monegro, Juan Federico Estrella Bueno, Marys Valenzuela, Danny Antonio Núñez Rodríguez, Paco Ureña Hernández, Joel Amador Jiménez, Sebastián Gregorio Pimentel Suriel, Wilson Beriguete Benzán, Wilson Galán Del Orbe, Ana Josefa Valenzuela y Ramón Antonio Rodríguez Melo. La Alta Corte acogió el recurso en la forma, pero lo rechazó en cuanto al fondo.
Finalmente, el TSE dispuso que su decisión sea notificada a las partes por la Secretaría General y publicada tanto en el portal institucional del tribunal como en el Boletín Contencioso Electoral, para los fines correspondientes.
