SANTO DOMINGO.– Cuatro meses después de establecer una vigencia reducida para las licencias de conducir de personas mayores de 75 años, el Poder Ejecutivo modificó esa regulación tras un fallo del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional la diferenciación basada exclusivamente en la edad.
El presidente Luis Abinader emitió el Decreto 675-26, mediante el cual derogó el Decreto 330-26 y dispuso que las licencias y autorizaciones para conducir tengan una vigencia uniforme de cuatro años, con vencimiento el día del cumpleaños de su titular, conforme al artículo 208 de la Ley 63-17.
La decisión responde a la sentencia TC/0904/26, en la que el Tribunal Constitucional dejó sin efecto la disposición que establecía una vigencia menor para determinadas licencias una vez que sus titulares alcanzaban los 75 años. El tribunal determinó que la edad, por sí sola, no puede utilizarse como criterio para establecer una diferencia en la vigencia del documento.
Con el nuevo decreto, el Gobierno también dispone medidas para evitar que los procesos de renovación introduzcan diferencias discriminatorias por razón de edad. La evaluación de las condiciones para conducir deberá mantenerse vinculada a los requisitos establecidos por la legislación y no únicamente a la edad cronológica del conductor.
El cambio modifica lo establecido en mayo pasado mediante el Decreto 330-26, que había fijado períodos de vigencia diferenciados para determinadas categorías de licencias a partir de los 75 años. La disposición establecía dos años para algunas categorías y un año para otras.
Ahora, el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) deberá adecuar sus procedimientos y sistemas a la nueva normativa para aplicar la vigencia de cuatro años establecida en el Decreto 675-26.
La modificación no elimina las evaluaciones requeridas para la renovación de las licencias. El nuevo criterio establece que alcanzar los 75 años no puede generar automáticamente una reducción del período de vigencia, mientras las condiciones particulares de cada conductor continúan sujetas a los controles previstos por las autoridades.
El proceso deja así una secuencia regulatoria marcada por tres momentos: primero, el Ejecutivo modificó las reglas de vigencia para los mayores de 75 años; posteriormente, el Tribunal Constitucional anuló esa diferenciación; y ahora el Gobierno ajusta formalmente el reglamento para adecuarlo al criterio establecido por el tribunal.
